22 de septiembre de 2024

Custodios de Nabgwana

Geodisio Castillo

Guardarecursos de Gunayala, por el sendero de los mineros. Secretaría de Defensa Territorial, Congreso General Guna. Foto: Kayli, 23/07/24

¿Quiénes son ellos? Custodios de Nabgwana. Custodian a la Comarca de Biosfera de Gunayala. Son los guardarecursos, llámense también guardabosques, guardaparques y otros nombres que le adjudican. Los guardarecursos, a pesar de ser responsables de la vida silvestre en tierra y mar, están infravalorados, subestimados y poco apoyados. No valoran el rol que ellos desempeñan para abordar la crisis climática y la pérdida de biodiversidad.

Desde 1983, cuando inicia el Proyecto de Estudio y Manejo de Áreas Silvestres de Kuna Yala (PEMASKY) de la Asociación Ecológica Kuna (AEK), el proyecto crea el equipo de guardabosques. Fueron capacitados o formados como profesionales. Asistieron a cursos nacionales e internacionales. Defendieron de día y noche los límites de la Comarca contra la incursión de colonos. Asistieron a los científicos, turistas naturalistas, educación en conservación y realizaron apoyo a las comunidades. Desde entonces, existe este equipo, pero mucho a cambiado según se observa en la actualidad. Porque lo que fue un Centro Biológico, Nusagandi (con administración propia) no es ahora como tal, cuyos objetivos de conservación y protección, aunque perviven, deben fortalecerse más ante nuevas realidades.

En la actualidad Gunayala, a través de la Secretaría de Defensa Territorial ha creado un equipo de guardarecursos, pero en la realidad hace falta aumentar el personal. Los guardarecursos de Gunayala realizan caminatas en entornos de trabajo muy remotos y difíciles, a Diammayala, Banega, y otros lugares, poniendo en peligro sus vidas para proteger los recursos naturales de la Comarca y por ende del mundo. Son profesionales competentes, motivados por su cultura, su tierra y trabajan efectivamente como custodios de la biodiversidad y los sistemas de los que depende toda la vida, hablando con sus hermanos los árboles.

La verdad, no sé, en qué estado el equipo de guardarecursos de Gunayala se encuentran en la actualidad. Habría que ir a entrevistarlos y que hablen por un mañana mejor. La sede de ellos es en Nusagandi. Esperemos que todo marche bien. Y no como ocurre en el mundo.

Porque a pesar de su profesión crítica, trabajan sin un salario adecuado, a menudo sin contratos apropiados, equipos, seguridad, botiquines (primeros auxilios), capacitación y seguro de vida. En sus caminatas los guardarecursos de Gunayala y del mundo se enfrentan a muchos peligros, como encuentro con culebras, como la equis o Bothrops (Bothrops atrox) y la amenaza latente es con la minería ilegal.

Los guardarecursos viven entre el amor a Ologwadule y la lucha por su conservación, necesitan ser capacitados para conocer y proteger los galumar, son profesionales y voluntarios, y están unidos en una misión para garantizar a las generaciones actuales y futuras los servicios de la naturaleza y disfrutar sus bellos paisajes.

Por todo lo que ocurre en el mundo, esperamos que no ocurra lo mismo en Gunayala. Por lo tanto, debemos brindar a los guardarecursos el reconocimiento y el respeto que merecen como trabajadores de la vida. Dado su papel esencial en la implementación de una conservación efectiva, debemos incluir a los guardarecursos en las discusiones estratégicas como en el Plan Estratégico de Gunayala 2026-2036.

Lo segundo, debemos equipar y capacitar adecuadamente a los guardarecursos, garantizando condiciones de trabajo y bienestar justas. Las condiciones laborales tienen un impacto mayor en su calidad de vida y seguridad, y como consecuencia en la efectividad de manejo de las áreas protegidas o nuestra Comarca de Biosfera. Podemos aumentar la capacidad de conservación y para lograr estos objetivos se requiere de una inversión sustancial y dedicación de diversas partes interesadas, el mismo Congreso General e incluyendo los gobiernos nacionales, ONG y donantes.

Apoyar a los guardarecursos significa salvaguardar valiosos ecosistemas o galumar, proteger diversas especies y garantizar un mundo más saludable hoy y mañana. Estos dedicados guardianes merecen nuestro aprecio y respaldo, su inquebrantable amor a la naturaleza es fundamental para la conservación de la Madre Tierra y su salud a largo plazo, nuestro hogar común.

 

27 de agosto de 2024

Oportunidades y vacíos: el primer pronunciamiento de la Corte sobre bonos de carbono en la Amazonía

agosto 25, 2024 


La Corte Constitucional marca un hito al proteger los derechos indígenas en proyectos de reducción de emisiones por deforestación y degradación del bosque, pero omite críticas cruciales sobre la esencia y duración de estos proyectos.

Adriana Patricia Fuentes López*

Derechos indígenas y proyectos REDD+

Hace unas semanas se conoció la primera sentencia de la Corte Constitucional sobre los impactos de los proyectos de reducción de emisiones por deforestación y degradación del bosque y otras alternativas (REDD+), en la modalidad de bonos de carbono para el contexto de la Amazonia colombiana. 

Específicamente, la sentencia T-248 de 2024 revisó una acción de tutela interpuesta por comunidades indígenas del Pirá Paraná para frenar las violaciones a sus derechos, ocasionadas por la llegada de proyectos (REDD+). La anterior decisión es importante porque, además de ser el primer caso en el que la Corte se pronuncia sobre este tipo de proyectos, se empieza a generar una línea jurisprudencial que precisa algunas obligaciones de las empresas y el Estado. 

Todo empezó con una acción de tutela impetrada por el Consejo Indígena del Pirá Paraná, y la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas del Río Pirá Paraná del Vaupés, contra los distintos actores de la cadena del mercado de carbono: desarrollador, certificadora y organismos de verificación y validación. En este caso dichos actores son la Corporación para el manejo sostenible de los bosques (Masbosques), Soluciones Proambientales S.A.S., Ruby Canyon Environmental y Cercarbono.

La tutela también iba dirigida contra el IDEAM y, en el curso del trámite, fueron vinculados el Ministerio de Ambiente y el Ministerio del Interior. La acción fue negada en primera y segunda instancia, pero en la revisión la Corte Constitucional ampara los derechos fundamentales a la libre determinación; la integridad física y cultural; la autonomía; el consentimiento libre, previo e informado; el autogobierno; el territorio y la identidad. Además, emitió órdenes para el caso y otras generales dirigidas a adecuar, poco a poco, la política pública sobre el tema.

La Corte Constitucional ampara los derechos fundamentales a la libre determinación; la integridad física y cultural; la autonomía; el consentimiento libre, previo e informado; el autogobierno; el territorio y la identidad.

Los aciertos de la Corte 

La sentencia avanza en varios aspectos, entre los cuales destacan al menos cuatro de gran importancia:

Primero: Se estableció que los impactos, procedimientos y actuaciones relacionados con la formulación de proyectos REDD+ no son solo un asunto de la negociación entre particulares, como sostienen ciertas visiones. Estos aspectos deben ser regulados, asistidos, asesorados, supervisados y controlados por el Estado, ya que comprometen el ejercicio de múltiples derechos. Además, la Corte subrayó que el Estado, al igual que los entes públicos y los entes de control, no deben ser meros observadores o receptores de las quejas de las comunidades. De hecho, tendrán que desempeñar efectivamente su función como garantes de derechos.

Segundo: La sentencia recuerda la responsabilidad de las empresas y su obligación de respetar los derechos, órganos de gobierno y autonomía de las comunidades, basada en el estándar de debida diligencia. Esto es importante porque quedan muy claros los límites de los actores empresariales en sus acciones, aunque la idoneidad de ese estándar de la debida diligencia para conseguir una efectiva modificación de las conductas de las empresas y evitar las violaciones de derechos humanos que estas ocasionan, aun es objeto de amplios cuestionamientos en la doctrina. 

Tercero: la sentencia aclara que el contrato de mandato, utilizado por las empresas para comprometer a las comunidades con los proyectos REDD+ y para acordar las condiciones de gestión y distribución de ganancias, no es una figura jurídica adecuada para estos fines. La Corte recuerda que el mandato es una figura del derecho civil y comercial que no puede aplicarse de manera directa a asuntos tan fundamentales como los derechos sobre el territorio y los recursos naturales, los cuales están vinculados con la autonomía y la supervivencia de los pueblos. Por este motivo, se hace un llamado a desarrollar nuevas herramientas que se ajusten mejor a las circunstancias reales de las iniciativas y que faciliten la identificación de los titulares de los proyectos, un aspecto que sigue siendo confuso en los esquemas actuales.

Cuarto: la Corte subrayó que los proyectos REDD+ se llevan a cabo en la Amazonía, donde predominan altos niveles de conflictividad, divisiones internas y disputas por recursos. Dichas áreas enfrentan graves necesidades básicas insatisfechas, conflicto armado y barreras en el acceso a servicios como salud, educación, justicia y empleo. En este contexto, la Corte cuestionó la capacidad de las comunidades para tomar decisiones verdaderamente libres frente a las presiones de las inequidades sociales. Además, enfatizó que estos proyectos no deben contradecir las culturas y tradiciones de las comunidades. 

Foto: Visión Amazonia Minambiente Se hace un análisis de la responsabilidad que asiste a las empresas y de su obligación de respetar los derechos de los pueblos indígenas, incluso ordenando que se abstengan de presionarlos y respeten sus órganos de gobierno propio y su autonomía.

La sentencia recuerda la responsabilidad de las empresas y su obligación de respetar los derechos, órganos de gobierno y autonomía de las comunidades, basada en el estándar de debida diligencia.

En particular, critica la imposición de reducir en un 30% el área de las chagras, que son zonas de cultivo y alimentación esenciales para las comunidades indígenas. La Corte considera esta medida inadmisible y violatoria de los derechos, dado que las chagras (i) forman parte de la identidad indígena y su relación con el territorio; (ii) garantizan su seguridad alimentaria; (iii) operan según el conocimiento reflejado en el calendario ecológico; y (iv) limitarlas sin un proceso de diálogo genuino, afecta la actividad de las mujeres de estas comunidades, que son las principales administradoras de las zonas de alimentación.

Lo que no abordó la Corte 

Aunque fue una decisión muy importante, también es necesario hablar sobre algunos de sus vacíos: 

Primerola Corte realiza consideraciones significativas sobre los derechos de los pueblos indígenas en general y de los amazónicos en particular. Sin embargo, no aborda lo que han implicado los proyectos REDD+ en comunidades afrodescendientes y campesinas, que enfrentan problemas similares y donde las actuaciones de las empresas también han sido muy cuestionables. Si bien los hechos del caso corresponden a un pueblo indígena, la decisión, que hace un análisis más amplio para emitir órdenes al gobierno nacional sobre ajustes en la política pública, podría haber incluido a otros grupos afectados. 

Por ejemplo, así como se ordenó al Ministerio de Ambiente «coordinar la creación de un protocolo con perspectiva étnica para la ejecución de proyectos REDD+ en territorios indígenas», este protocolo podría haberse extendido para considerar a otros sujetos de especial protección constitucional, como afrodescendientes y campesinos, dado que también están afectados por los proyectos REDD+ de bonos de carbono en sus territorios.

Segundo: el fallo también omite una consideración importante respecto a la duración de los contratos de mandato y de los proyectos, un aspecto problemático en muchas iniciativas en la Amazonía. En el caso de la tutela, el contrato tiene un término de 30 años, una duración similar a muchos otros contratos en la región. Se recuerda, por ejemplo, el caso de los indígenas Nukak del Guaviare, quienes firmaron un contrato de 100 años en un contexto muy irregular. En este sentido, la decisión podría haber incluido consideraciones sobre la razonabilidad de la duración de los contratos y la necesidad de establecer límites adecuados para proteger a las comunidades afectadas.

Tercero: la sentencia no aborda de manera más profunda la esencia de los proyectos REDD+ de bonos de carbono y, por el contrario, sugiere implícitamente que estos proyectos son, por sí mismos, una solución adecuada frenteal cambio climático. La Corte no reconoce las críticas que se han planteado sobre la concepción de estos proyectos, especialmente en términos de su rol como mecanismos de financiarización de la naturaleza y en la perpetuación de la lógica de «quien contamina paga», cuestionada desde enfoques críticos de la justicia ambiental. 

El anterior debate no es trivial, ya que no es lo mismo argumentar que los proyectos REDD+ deben ajustarse, que cuestionar la validez misma de estos por su enfoque de mercado aun reconociendo que son una vía para obtener recursos que las comunidades necesitan y no han podido acceder por otros medios. La Corte podría haber expuesto su visión sobre cómo estos proyectos contribuyen a la mitigación del cambio climático, pero al menos podría haber incluido algunos de los argumentos presentados por las posturas críticas frente a esto, lo cual no se mencionó en el fallo.

Afortunadamente, el debate sigue abierto y como le escuché decir hace poco a un líder indígena en una reunión sobre el tema: “esa en todo caso es la visión del derecho occidental que representa la Corte Constitucional, los pueblos indígenas tenemos nuestro derecho propio”.

*Abogada de la Universidad Nacional. Especialista en Derecho Constitucional y Magister en Medio Ambiente y Desarrollo. Ha sido docente universitaria, investigadora y actualmente es asesora especializada y consultora en temas ambientales y de derechos humanos.

Fuente: https://razonpublica.com/oportunidades-vacios-primer-pronunciamiento-la-corte-bonos-carbono-la-amazonia/

 

17 de agosto de 2024

La regeneración del suelo y el ‘círculo virtuoso’

 Medio Ambiente

Estamos rompiendo los equilibrios y los ciclos de nuestro planeta: el ciclo del agua, el ciclo del carbono, del nitrógeno, del fósforo. Es un círculo vicioso. Sin embargo, igual que hay una retroalimentación negativa, puede haber una positiva, un círculo virtuoso

Lena Petterson / Ecologistas en Acción

16 de agosto de 2024

El ‘círculo virtuoso’ de la regeneración del suelo / Foto: Lena Pettersson

A la mayoría de la gente los conceptos de efecto invernadero y gases de efecto invernadero nos resultan familiares, ya que aparecen a menudo en las noticias y los debates. Y sin embargo, cuando nos paramos a pensar qué implicaciones tienen, surgen interrogantes.

Sabemos que la vida en nuestro planeta depende de la energía que recibe del sol, que llega a la tierra pasando por la atmósfera. Hemos visto los esquemas con flechas que muestran cómo la energía rebota —se vuelve a irradiar desde la superficie en forma de calor, como ondas infrarrojas— . Luego los gases de efecto invernadero atrapan la mayor parte de ese calor, en un proceso natural y necesario que nos ha proporcionado un clima estable durante miles de años.

Leer más en: https://www.ecoavant.com/medio-ambiente/regeneracion-suelo-circulo-virtuoso_13876_102.html

10 de agosto de 2024

Ciclo de barbecho en el nainu gunadule, Panamá

Nainu diged gunadulemargi, Panamá

Fallow cycle in gunadule nainu, Panama

Geodisio Castillo

Foto: Ciclo de barbecho con cultivos variados (masi + mama + cultivos de cobertura). Archivo CENDAH, 2024

Resumen:

El presente trabajo se centra en la experiencia de los agricultores gunadule, distribuidos en cuatro (4) territorios: Territorio Ancestral Dagargunyala, Comarca Wargandi, Comarca Madungandi y Comarca Gunayala. El trabajo se realizó mediante la revisión de literatura, diálogo y/o entrevistas abiertas de saberes y recorridos al sitio, nainugan. La investigación pretende describir la dinámica o el ciclo de barbecho, basados en el saber y conocimientos sobre el sistema de producción agroforestal de nainu familiar, así como su influencia en el uso y transformación del suelo desde el punto de vista ambiental. Demostrar que el saber y conocimientos sobre el ciclo de barbecho en el sistema agroforestal de nainu familiar, contribuye a recuperar los ecosistemas, preservar, conservar y reforzar la relación entre la naturaleza y la cultura. Y conocer el potencial de los barbechos para innovar el sistema de producción agroforestal de nainu familiar.

Palabras clave: Gunadule, nainu familiar, barbecho, conservación, tala y quema, diversidad forestal.

 

Binsaed issegwad:

We sagba narmaglesad gunadule sabburgi arbamaladba, neggwebur sogabagge dagsadba: Dagargunyala, Wargandi, Madungandi geb Gunayala. We sagba narmaggega galagwensur gardamar absolesa, geb sabburgi arbamaladbo sunmaglesbali, nainumarse arbibali. We arbaedi oyogegala ibigar nainumar ebulessurdar, igi birga ebulessurdae, we ibmar gunadulemar wismaladi, esergan odurdasmoga igi nainumar selege, igi nainumar nabir sabbur bendagge. Anmar oyoega gunadulemar nue wisi nainu aggwued, we nainumar galumar bendagge, auggi sabburgi ibmar namalad saboge, anmar daed ogannoe. Nainumar ebulesurmalad nabir bela sabburmargi ibmar bugwad anmar nudagge.

Gayamar: Gunadule, nainu, nainu ebulesulid, saboged, sabbi olaed, nainu ogunmagged, galagwensur ibmar niggad.

 

Abstract:

This work focuses on the experience of Gunadule farmers distributed in four (4) territories: Dagargunyala Ancestral Territory, Wargandi Comarca, Madungandi Comarca, and Gunayala Comarca. The work was done through a literature review, dialogue, and open interviews of knowledge and tours to the site, baingan. The research aims to analyze the fallow cycle dynamics within the Nainu family agroforestry production system and its impact on the usage and transformation of the soil from an environmental point of view. Demonstrate that knowledge and knowledge about the fallow cycle in the family Nainu agroforestry system contributes to recovering ecosystems, preserving, conserving, and reinforcing the relationship between nature and culture. Moreover, to know the potential of fallow lands to innovate the family Nainu agroforestry production system.

Keywords: Gunadule, family nainu, fallow, conservation, slash and burn, forest diversity.

 

Fuente: Karakol, vol. 4, agosto, 2024

Leer más en:

https://app.box.com/s/inh07vx92nzq08qemc5qapewr5kuhy6i

https://revistas.udelas.ac.pa/index.php/karakol

 

 

25 de julio de 2024

Lo que debes saber de las “pérdidas y daños” de la crisis climática

VICTOR QUINTANILLA SANGÜEZA

Las recientes inundaciones en el estado de Rio Grande do Sul, al sur de Brasil, han causado el desplazamiento de más de 500 mil personas de sus hogares, convertidas en refugiadas climáticas, así como en pérdidas millonarias de cultivos y ganado.

Mientras, en Panamá, unas 300 familias costeras tuvieron que dejar Cartí Sugdupu, isla amenazada con desaparecer bajo las aguas por el aumento del nivel del mar, y ser llevadas a una urbanización construida por el gobierno frente al Caribe.

Este tipo de consecuencias negativas de eventos climáticos extremos, que ocurren pese a o por falta de acciones de mitigación y adaptación, reciben el término técnico de "pérdidas y daños" de la crisis climática.

La evidencia científica ha dado cuenta que estas pérdidas y daños ya están sucediendo, que irán en aumento y que se distribuyen de forma desigual, con efectos desproporcionados en los países en vías de desarrollo y en los grupos en situación de vulnerabilidad.

El asunto —clave en las negociaciones climáticas internacionales— está estrechamente ligado con el concepto de justicia climática al plantear la cuestión de quién debe pagar por las pérdidas y daños en los países más pobres, con poca responsabilidad histórica en la emergencia climática.

En este texto abordamos los aspectos básicos de este tema, cada día más relevante y frente al cual es urgente actuar.

¿QUÉ SE CONSIDERA PÉRDIDAS Y DAÑOS?

Empecemos por desmenuzar un poco más el término:


·     Las "pérdidas" se refieren a lo que se pierde de forma permanente a causa de la crisis climática, como vidas humanas y de otras especies, territorios, fuentes de agua, ecosistemas, medios de vida, lugares patrimoniales e idiomas.

·     ‍Los "daños" se refieren a lo que ha sido afectado por la crisis climática pero que puede ser restablecido o restaurado, como los impactos en la salud física y mental, los suelos, las carreteras, las escuelas, las viviendas, los centros de salud y las empresas.

Las pérdidas y daños suelen dividirse en dos categorías, que pueden superponerse:

 

·     Económicos. Pérdidas y daños a los que se puede asignar un valor monetario: la destrucción de bienes como casas o automóviles, la pérdida de medios de subsistencia como cosechas o ganado, la disminución de la productividad por horas de trabajo perdidas, los daños en infraestructura básica o la interrupción de cadenas de suministro. Esto puede pasar a escala internacional, nacional o local.

·     No económicos. Pérdidas y daños difíciles de medir en términos monetarios. Incluyen la pérdida de vidas humanas, los daños a la salud, los traumas del desplazamiento forzado y las afectaciones a la cultura, la lengua, el patrimonio, la identidad, etc. Esta categoría abarca también la pérdida o reducción de biodiversidad, la extinción de especies y la interrupción o pérdida de servicios de los ecosistemas, como la producción de oxígeno por un bosque.

Por otro lado, en las negociaciones climáticas internacionales, la expresión adquiere un significado diferente. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático se refiere a los esfuerzos para "evitar, minimizar y abordar las pérdidas y daños asociados a los impactos del cambio climático, especialmente en los países en desarrollo que son particularmente vulnerables".

Los términos "evitar" y "minimizar" aluden generalmente a la mitigación y la adaptación, respectivamente, mientras que la palabra "abordar" se refiere a las acciones para enfrentar los impactos de la crisis climática que no se han podido o no se pueden evitar.

¿CUÁNTO DINERO SE NECESITA PARA ENFRENTAR LAS PÉRDIDAS Y DAÑOS?

Las discusiones acerca de las pérdidas y daños, que abordan aspectos como la responsabilidad y las compensaciones, han sido polémicas en las negociaciones internacionales. Los países desarrollados —responsables históricamente de la mayor parte de los gases de efecto invernadero que han calentado el planeta— han sido esquivos ante posibles acuerdos que los declaren responsables y les hagan pagar por las pérdidas y daños que sus emisiones han y siguen causando.

¿De cuánto es la factura?

De acuerdo con un informe publicado por Loss and Damage Collaboration, 55 de las economías más vulnerables al clima sufrieron pérdidas de más de 500 mil millones de dólares entre 2000 y 2020, algo que podría aumentar en una cifra similar en la década siguiente. Según otros cálculos, el costo anual de las pérdidas y daños será de 400 mil millones de dólares para 2030.

En América Latina, según un estudio de 2019, se prevé que las pérdidas y daños por la crisis climática serán de 462 mil millones de dólares en 2050 y podrían subir a 891 mil millones en 2070.

¿QUÉ SE ESTÁ HACIENDO PARA AFRONTAR LAS PÉRDIDAS Y DAÑOS?

Aunque la cuestión de las pérdidas y daños lleva más de tres décadas apareciendo en las negociaciones climáticas internacionales, fue recién en 2013 cuando cobró fuerza. Ese año, en la décimo novena Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP19), los países establecieron el Mecanismo Internacional de Varsovia para Pérdidas y Daños, con el mandato de compartir conocimientos, fortalecer el diálogo entre las partes interesadas y movilizar conocimientos especializados para mejorar la acción y el apoyo en el tema.

En 2015, los países en desarrollo presionaron con éxito para incluir un artículo sobre pérdidas y daños en el Acuerdo de París (tratado internacional legalmente vinculante y vigente desde 2016), pero la cuestión del financiamiento quedó fuera.

Esto nos lleva al siguiente hito, ocurrido en 2022 durante la COP27 en Egipto, cuando se acordó establecer un fondo de pérdidas y daños para brindar ayuda financiera a los países en desarrollo.

Un año después, en la COP28 de Dubái, se acordó la entrada en funcionamiento del fondo, incluyendo reglas de operación y otros aspectos clave, entre ellos la invitación al Banco Mundial para ser gestor interino por los primeros cuatro años.

En junio de 2024, en el marco de las sesiones de negociación de Bonn, el Banco Mundial aceptó la invitación para administrar el fondo y comenzaron las discusiones para hacerlo operativo.

La sociedad civil pide que las pérdidas y daños se reconozcan como el tercer pilar de la acción climática (junto a la mitigación y adaptación), pero los países desarrollados se resisten, dando a entender que la creación del fondo sería suficiente e incluso sugiriendo que las pérdidas y daños no sean parte de la nueva meta global de financiamiento.

Aunque es de celebrar, la existencia del fondo es solo el primer paso para que sea lo que tan desesperadamente necesitan los países que están sufriendo los peores impactos de la crisis climática. Los desafíos incluyen:


·     Financiamiento. El monto comprometido por los países desarrollados hasta ahora es de 700 millones de dólares, ni el 0.2 % de lo que se necesita (400 mil millones de dólares).

·     Administración. Entre otras cosas, el Banco Mundial debe garantizar la independencia e integridad de la Junta y la Secretaría del fondo, que todos los países parte del Acuerdo de París tengan acceso directo a los recursos (aunque no sean miembros del Banco), así como la entrega suficiente y eficiente de recursos.

·     Participación. El fondo requiere una estructura descentralizada y tener la participación de la sociedad civil, comunidades indígenas, juventudes, mujeres y otros grupos en situación de vulnerabilidad desde sus inicios para asegurar que el dinero llegue a quien lo necesita.

·     Acceso. El fondo debe permitir acceso directo al financiamiento, no solo a las autoridades nacionales, sino también a organizaciones de la sociedad civil y a comunidades afectadas.

·     Inventarios. Los países en desarrollo requieren monitorear y reportar las pérdidas y daños en sus territorios, lo que implica recursos económicos y técnicos.

 


FUENTES

- United Nations Environment Programme, "About Loss and damage".

- Preety Bhandari, Nate Warszawski, Deirdre Cogan y Rhys Gerholdt, "What Is 'Loss and Damage' from Climate Change? 8 Key Questions, Answered", World Resources Institute.

- Naciones Unidas, "Pérdidas y daños: Un imperativo moral para actuar".

- The Loss & Damage Collaboration, "WHAT IS LOSS AND DAMAGE?".

- The London School of Economics and Political Science, "What is climate change ‘Loss and Damage’?".

- Navin Singh Khadka, "COP27: qué significa el concepto ‘pérdidas y daños’ por el clima extremo que enfrenta a los países ricos y pobres", BBC Mundo.

- Alejandra Cuéllar, "COP27: ¿Qué son las pérdidas y los daños, y qué significan para América Latina?", Climate Tracker.

- Adriana Abramovits, "El Fondo para Pérdidas y Daños ¿por qué no es lo que la sociedad civil esperaba?", Dejusticia.

Fuente: https://aida-americas.org/es/blog/lo-que-debes-saber-de-las-perdidas-y-danos-de-la-crisis-climatica?emci=c7c42134-9d35-ef11-86d2-6045bdd9e096&emdi=a270293b-b237-ef11-86d2-6045bdd9e096&ceid=30456383

 

15 de julio de 2024

The Institutionalisation of Bioculturalism through Community Protocols: The Case of Guna Yala

La institucionalización del Bioculturalismo a través Protocolos Comunitarios: El caso de Guna Yala

Jean Foyer CNRS, Centre de Recherche et de Documentation sur les Amériques, France, jean.foyer@cnrs.fr

Mónica Martínez Mauri, University of Barcelona, Spain, martinezmauri@ub.edu

Geoffroy Filoche, IRD/SENS, France, geoffroy.filoche@ird.fr

Geodisio Castillo, Instituto del Patrimonio Cultural del Pueblo Guna (IPCPG), Panamá, geodisio@gmail.com


Resumen

Los Protocolos Comunitarios Bioculturales (PCB) son mecanismos de gobernanza ambiental para la biodiversidad que tienen como objetivo establecer, a nivel de la comunidad local, un marco normativo para los temas centrales discutidos en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica (conservación de la biodiversidad, los conocimientos tradicionales, acceso a los conocimientos previos e informados, participación en los beneficios, conservación de la agrobiodiversidad, entre otros). Teniendo en cuenta la historia Guna sobre la idea de la diversidad biocultural, sino también las especificidades del sistema político guna, este artículo tiene como objetivo arrojar luz sobre la implementación de este tipo de protocolo en el territorio indígena de Guna Yala (Panamá).

De este modo, mostramos que, a pesar del papel activo desempeñado por los expertos Gunas a nivel internacional, nacional y regional, los gunas no han adoptado los PCB. Debido a la preexistencia de mecanismos de regulación de la investigación en Guna Yala, pero también a una cierta desconfianza en la gobernanza ambiental global, las autoridades gunas, por el momento, no han considerado que los PCB eran lo suficientemente relevantes. Más allá de este ejemplo particular de institucionalización inacabada, los PCB deben entenderse como un mecanismo localizado al servicio del avance de la idea más general de diversidad biocultural.

Palabras clave

Pueblo Guna, Panamá, Convenio sobre la Diversidad Biológica, Conocimientos indígenas, comunidad biocultural protocolos, gobernanza ambiental

 

Abstract

Biocultural Community Protocols (BCPs) are environmental governance mechanisms for biodiversity that aim to establish, at the local community level, a normative framework for the central themes discussed in the framework of the Convention on Biological Diversity (biodiversity conservation, traditional knowledge, prior and informed access, benefit sharing, agro-biodiversity conservation, etc.). Taking into account the Guna history about the idea of biocultural diversity, but also the specificities of the Guna political system, this article aims to shed light on the local implementation of this type of protocol in the indigenous territory of Guna Yala (Panama). We thus show that, despite the active role played by Gunas experts at the international, national, and regional levels, the Gunas have not adopted BCP's. Due to the pre-existence of research regulation mechanisms in GunaYala, but also to a certain mistrust of global environmental governance, the Guna authorities have for the time being not considered the BCP’s as being relevant enough. Beyond this particular example of unfinished institutionalization, BCPs must be understood as a localized mechanism serving the advancement of the more general idea of biocultural diversity.

Keywords

Guna People, Panama, Convention on Biological Diversity, Indigenous knowlledge, community biocultural protocols, evironmental governance

 

La institucionalización del Bioculturalismo a través Protocolos Comunitarios: El caso de Guna Yala

A finales de 2018, cuando se inició este proyecto de investigación, se realizó una búsqueda en línea con la frase "Protocolo Biocultural Comunitario Panamá" (PBC) resultados más relevantes: documentos de PowerPoint producidos por las asociaciones Gunadule[1] y un documento que se refiere a una comunidad Ngäbe llamada El Piro[2]. Los documentos de Gunadule parecían sugerir que este asunto se había discutido en Guna Yala durante al menos diez años, pero la reflexión es que todavía no ha conducido a la adopción de dicho protocolo. Pensamos que era importante investigar este caso in situ para comprender los términos de esta deliberación.

Los Protocolos Comunitarios Bioculturales (PCB) son mecanismos de gobernanza ambiental biodiversidad que, desde el Protocolo de Nagoya[3] (Aubertin et al., 2021; Terán, 2016) han buscado establecer a nivel local, a nivel de los territorios indígenas, un marco regulatorio para las principales preocupaciones; que se discuten en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB). Estas cuestiones son variadas, aunque básicamente se refieren a las siguientes cuestiones: la conservación de la biodiversidad y la los conocimientos tradicionales que puedan estar asociados a ella; cuestiones de acceso previo e informado; las dimensiones físicas y simbólicas de esta diversidad; la cuestión de la distribución de los beneficios que podrían derivarse del uso y manejo de la biodiversidad; y a otras cuestiones relativas a la conservación de la agrobiodiversidad.

En la práctica, los PCB pueden ser tanto un mecanismo para controlar las actividades de bioprospección como una herramienta para sensibilizar sobre la conservación de la biodiversidad y/o de los conocimientos tradicionales y ancestrales. En adición del alcance de las preguntas que pueden abordar, los PCB se han aplicado recientemente en contextos y con objetivos que también pueden variar. El proyecto Biocultural, financiado por la ANR (Agence Nationale) de la Recherche) de Francia, en la que hemos participado, está específicamente interesada en la implementación de estos nuevos tipos de marcos normativos a nivel local (Girard et al., 2022), en particular en Madagascar (Girard y Rakotondrabe, 2022) y, en términos del presente estudio, en Panamá. Esta última investigación se ocupa principalmente de la aparición de regulaciones sobre derechos humanos y también los tipos de tensiones que surgen entre las diferentes partes involucradas (y/o comunidades locales, ONG, el Estado e instituciones internacionales).

Las siguientes preguntas guían este estudio. ¿Por qué el pueblo Gunadule aún no ha querido adoptar este mecanismo? ¿A través de qué proceso se concibe un mecanismo de gobernanza ambiental a nivel internacional para alcanzar al nivel local de los territorios Gunadule? En términos más generales, ¿qué elementos aporta este proceso a nuestra comprensión de la institucionalización del Bioculturalismo?

El caso del protocolo biocultural en el contexto Gunadule es relevante por varias razones. En primer lugar, pertenece a una tradición y discusión relativamente largas, tanto en lo que se refiere a las relaciones con la ciencia comunidad y los que existen entre los pueblos indígenas y la conservación de la naturaleza. En estos dos aspectos, los Gunadule son pioneros, y por lo tanto es lógico que también lo sean cuando se trata de pensar en el tema de los protocolos bioculturales.

Por lo tanto, el presente estudio es una oportunidad para situar el mecanismo específico de los PCB en la larga historia Gunadule con respecto a las relaciones con los círculos científicos y la cuestión de la combinación entre la diversidad biológica y la diversidad cultural, y también contemplar el proceso específico de institucionalización de Guna Yala, que es caracterizada por la importancia de la escala regional y la centralidad de la institución del congreso. Antes de abordar estos puntos, describiremos el contexto y el método utilizado en nuestra estudiar. 

Citar:

Foyer et al., (2024). The institutionalisation of bioculturalism through community protocols: The case of Guna Yala. The International Indigenous Policy Journal, 15(1). https://doig.org/10.0.72.152/iipj.2024.15.1.15872

Leer más en: https://ojs.lib.uwo.ca/index.php/iipj/article/view/15872/14204


[1] Generalmente conocidos como pueblo Kuna, ahora se les conoce como pueblo Guna desde que la letra "K" fue reemplazada por la letra "G", para estar más en línea con la pronunciación local, por decisión de la sección lingüística del Congreso General Guna en 2011. En el artículo, usamos el nombre indígena propio de Gunadule o Gunadulegan (forma plural). El idioma hablado por los Gunadulegan es el Dulegaya. 

[2] Entre el inicio y el final de nuestra encuesta, se preparó otro PCB en la comunidad embera de Ipeti en 2020. Se puede acceder a los PCB de El Piro e Ipeti en el sitio web del PCB (Convenio sobre la Biodiversidad Biológica). En la actualidad, son los dos únicos PCB formalizados en los territorios autóctonos de Panamá.

[3] Este protocolo fue adoptado en 2010, suscrito por Panamá en 2012 (Ley 57 de 4 de octubre), y entró en efecto a nivel internacional en octubre de 2014.