Gubiler
Castillo
Desde que el pueblo
gunadule se trasladó, a mediados del siglo XIX a tierras insulares, hasta que
se estableció como una Comarca Tule (Castillo, 2018), ha administrado un vasto
territorio más allá de punta Escribanos (Heckadon-Moreno,
S., 1998). Poco a poco fue perdiendo su espacio, sus tierras al crearse la
República. Mucho tiempo hemos recorrido y aún seguimos recorriendo para que
parte del territorio ancestral, llamado Nurdargana, vuelva a sus verdaderos
dueños – el pueblo gunadule.
Cultivo
de mama (yuca), Asociación de Mujeres Rurales de Digir. Foto: Archivo/CENDAH,
2022
Voces en la distancia,
desveladas y con esperanzas manifiestan recuperar ancestrales territorios, el
fortalecimiento cultural y por la reedificación de la autonomía, como bases
fundamentales que permitan reconstruir el gobierno interno, a fin de generar y
aplicar los procedimientos establecidos en Gunayar Igardummadwala (Ley
Fundamental de Gunayala) para velar y ejercer el control, el manejo y el uso
armonizado que debe existir entre las personas con la naturaleza (Castillo,
2004).
Para el pueblo
gunadule el territorio es el espacio de vida y desarrollo biocultural. Una
naturaleza con paisajes diversos y biodiversidad diversa, con muchas miradas.
Mientras la cultura occidental, capitalista, habla de “desarrollo”, el pueblo
gunadule como todos los pueblos indígenas hablan de planes de vida.
Territorio ancestral,
es el espacio en que se moviliza el pueblo gunadule, es el derecho de los
pueblos indígenas a controlar, decidir y poseer el territorio ancestralmente ocupados
y que incluye la naturaleza y su biodiversidad necesarios para la vida: ríos,
bosques, montañas, mar, entre otros. Se trata de una propiedad originaria que
antecede a la creación de los Estados-nación, los cuales están en la obligación
de reconocer, titular y demarcar y registrar territorios indígenas de manera
integral; es decir, incluyendo, según sea el caso, las zonas marítimas y/o
fluviales, altas y/o de pastoreo y, los páramos y bosques (OIT, 2014).
En el espacio que el
pueblo gunadule vive se debe permitir fortalecer la identidad local, y forjar
el sentido de lugar y apego en las comunidades, posibilitando preocupaciones y
respuestas colectivas ante los riesgos de su entorno, así como una proyección a
mediano y largo plazo de los ideales, necesidades e intereses comunitarios
(Castillo, 2015). De esta forma, el Congreso General Guna (CGG, 2015), define
el Plan de Vida de desarrollo integral que corresponde a las necesidades del
momento y que al mismo tiempo proyecta a la comarca hacia el mañana. Para ello
es necesario tomar en cuenta el fortalecimiento del sentido de comunidad y de
pertenencia.
Una de las medidas, que
enseñó la pandemia Covid-19, es que la alimentación es importante, es la base
de la vida. Desde su existencia el pueblo gunadule, al igual
que todos los pueblos indígenas vienen practicando o cultivando la tierra desde
su propia concepción, utilizando cultivos nativos, sitios de pesca, piden
permiso al cultivar la tierra, piden permiso al pescar, piden permiso a la MADRE
TIERRA. Porque lo aman, lo cuidan y porque la vida depende de ella. Sin uso
de agroquímicos, ni cultivos transgénicos. Contrario a la actualidad, donde la
industria agrícola o la agricultura llamase moderna, usa agroquímicos y
cultivos transgénicos.
Esta soberanía que aún
sigue sobreviviendo, es lo que llaman hoy Soberanía Alimentaria.
Es decir, es el derecho de los pueblos a definir sus propias políticas y estrategias
de producción, que garanticen el derecho a la alimentación para toda la
población, la alimentación como un Derecho Humano fundamental y no como una
mercancía y su cultura alimentaria para no ser perjudicados por otros (FORO
MUNDIAL, 2001). Y los países o las uniones de Estados-nación tienen para
definir sus políticas agrícolas y alimentarias, proteger
su producción e incentivar la creación de mecanismos que eliminen los
obstáculos a las compras de alimentos producidos por la
agricultura familiar (FORO MUNDIAL, 2001; FAO, 2013).
La soberanía
alimentaria o soberanía popular alimentaria, como actualmente se dice, es el
derecho de los pueblos para decidir lo que queremos cultivar y comer. La
soberanía alimentaria en Gunayala es el sistema de producción agroforestal de nainu
familiar. Una producción a pequeña escala o mediana producción agroforestal de
nainu familiar y no en el monocultivo y agroextractivismo.
La soberanía
alimentaria llegará a ser, como dice el concepto, cuando un pueblo llegue a
tener su propia producción, aunque sea pequeña, centra en la disponibilidad de
alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, y nativos, incidiendo también
en la importancia del modo de producción o su sistema de producción propia de
los alimentos y su origen.
La soberanía
alimentaria en Gunayala, llegará cuando alcance o incremente la producción
alimentando a los niños o a la población en forma nutritiva y con cultivos nativos;
es cuando se puede hablar de soberanía alimentaria. Mientras, se seguirá
luchando contra los cultivos transgénicos que ya se encuentran presentes en Gunayala
o sencillamente adaptar estos cultivos al sistema de producción agroforestal de
nainu familiar.
Los agricultores
gunadule están olvidando sembrar los cultivos nativos. En la Comarca, ya no se
come, por ejemplo, gwalu (camote), buggwa (ñame blanco), frutas del monte como
eslo (caimito), sua (jobo), sur sia (cacao de mono), sur nur (fruta de mono),
entre otros, al no comerlos, parece que se desaparecen (Castillo, 2016).
Los agricultores dependen
del acceso a una amplia reserva de germoplasma, en el sitio, de cultivos para
sostener sus distintas formas de agricultura. La erosión genética y el cambio
climático están amenazando este recurso y la estabilidad a largo plazo de los
agroecosistemas.
Por lo tanto, la
soberanía alimentaria se vuelve imprescindible, ya que el derecho a la
alimentación es fundamental, pues sin él, no se puede asegurar la vida, la
biodiversidad, la cultura, la dignidad humana, ni el disfrute de otros derechos
humanos.
Por otra parte, aunque
el pueblo gunadule pregona tener autonomía, como tal, aún, no lo ha
alcanzado. Por lo tanto, se hace necesario definir y/o fortalecer ante una
nueva realidad, dinámicas y cambios acelerados que rodea la sociedad gunadule,
que haya reformas estructurales y de gestión de los Congresos Generales (CGG,
2015). La decisión es voluntad política de la dirigencia gunadule; pero se
entiende que es un proceso lento y que debe venir dándose y eso debe
aplaudirse.
Autonomía y cultura
para decidir cómo trabajar, cómo garantizar el sustento diario, cómo
divertirnos, vivir sin violencia y construir el mañana. Los pueblos indígenas,
en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la
autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos
internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus
funciones autónomas - Artículo 4 (NU, 2007). Por lo tanto, la autonomía comarcal
presupone comunidades sin desigualdades y donde las comunidades trazan sus propios
destinos.
Según el PEGY
2015-2025
(CGG, 2015), el pueblo gunadule tiene fortalezas y debilidades para su
desarrollo autónomo. Hay muchas fortalezas que hace del
pueblo gunadule ser respetado a nivel del país e internacionalmente. Ha
diseñado y hecho como norma interna y de cumplimiento obligatorio su Gunayar Igardummadwala,
el Estatuto de la Comarca hasta los reglamentos internos de cada comunidad. Se
respeta y se reconoce la autonomía de su territorio y de sus derechos. Sin
embargo, estas fortalezas se vienen opacando en la actualidad, por las cuatro
(4) principales debilidades existentes en – instituciones y capital humano en
salud, educación, en la falta de incremento en la producción alimentaria y,
vigilancia y control en los límites territoriales -.
La estrategia (CGG,
2015), también manifiesta que, el pueblo gunadule tiene cimentado la autonomía
en la cultura. Sobre perfiles de “massered iddoged” que hace referencia a
“wargwen negseed”, “bundor gannarbagwa na wargwen neg aggwed” . A
su vez, está cimentada sobre otro símbolo que se refiere a la unidad absoluta
entre partes - Nega (casa, hogar, territorio). Como la cabeza de la comunidad,
el sagla, no puede ser sagla sin el argar (interprete del sagla), sin el
suwaribed (custodio), y sin la comunidad.
Por lo anterior, el
pueblo gunadule debe dejar la dependencia alimentaria y el paternalismo,
aumente la producción innovando su sistema de producción alimentario
agroforestal de nainu familiar. Aún tenemos semillas nativas en el bosque para
producir alimentos sanos. Aún tenemos principios para fortalecer cambios
prácticos de gobernabilidad propia e incentivar prácticas de liderazgo en
relación con la autonomía, la defensa territorial, la alimentación y los
procesos comunitarios. Aún presentamos
múltiples maneras de vivir o seguir viviendo.
Referencias
Castillo,
B., 2018. La Comarca de Tulenega de 1871 como antecedente en la construcción de
la autonomía guna en Panamá. Tesis
para optar por el título de Maestría en Historia de América Latina. Universidad
de Panamá, Vicerrectoría de Investigación y Postgrado, Facultad de Humanidades,
Departamento de historia, Programa de Maestría en Historia de América Latina.
Panamá, República de Panamá. 122 p. + Anexos
Castillo,
G. (Coord.), 2016. Rescate y valoración de semillas y plantas nativas de la
Comarca Gunayala. Centro de Desarrollo Ambiental y Humano (CENDAH). Gunayala, Panamá.
28 p. (Informe al PPD). Publicado en: Agricultura Familiar: Pesquisa, Formação
e Desenvolvimento, RAF. v.15, n° 02 / jul-dez 2021.
Castillo,
G., 2015. Plan de Desarrollo Integral para la Vida: voces en la distancia en
los 90 años de Revolución
Castillo,
G., 2004. Cambiando nuestra perspectiva de desarrollo sostenible: planificación
con lineamientos interculturales. CENDAH, Gunayala, Panamá. 7 p.
CGG,
2015. GUNAYALA 2025: Plan Estratégico de Gunayala 2015-2025. “Hacia una gestión
territorial”. Congreso General Guna, Comarca Gunayala, Panamá. 112 p. + Anexo:
Programa PAC. InfoIIDKY/Rev.
7
FAO,
2013. Seguridad y Soberanía Alimentarias (Documento base para discusión). Autores:
Gustavo Gordillo de Anda y Obed Méndez Jerónimo. 37 p.
FORO
MUNDIAL, 2001. DECLARACIÓN
FINAL DEL FORO MUNDIAL SOBRE SOBERANÍA ALIMENTARIA. La Habana, Cuba, 7 de
septiembre del 2001. 9 p.
Heckadon-Moreno,
S. (Comp.), 1998. Naturalistas del Istmo de Panamá. Un siglo de historia
natural sobre el puente biológico de las Américas. pág. 90
UN,
2007. Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos
indígenas. Resolución aprobada por la Asamblea General, 13 de septiembre de
2007. 15 p.
0IT,
2014. Convenio Núm. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países
independientes. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas. Lima: OIT/Oficina Regional para América Latina y el Caribe,
2014. 130 p.