Biodiversidad en América Latina | UPOV 91 y otras leyes de semillas: guía básica acerca de cómo empresas intentan controlar y monopolizar las semillas
En
todo el mundo, las semillas y los sistemas campesinos de semillas están siendo
atacados. Las corporaciones están presionando para imponer nuevas leyes y
regulaciones, aun más agresivas que las actualmente en vigor, que criminalizan
a los agricultores por sembrar, guardar, intercambiar y cuidar de sus semillas.
Si
las empresas logran su objetivo, los agricultores de todo el mundo enfrentarán
la posibilidad de ser encarcelados o multados duramente por hacer lo que han
hecho por siglos. Es alarmante que los gobiernos de los países no
industrializados muestren tan escasa o ninguna intención de resistirse, y en
algo más que unos pocos casos hayan cooperado activamente con estas agresiones.
La aprobación reciente de un nuevo Protocolo sobre propiedad intelectual sobre
variedades vegetales por parte de los Estados miembros de la Organización
Regional Africana de Propiedad Intelectual (ARIPO, por sus siglas en inglés) es
sólo el ejemplo más reciente.
Los
sistemas campesinos de semillas existen desde los inicios de la agricultura y
son una condición fundamental para que las familias y comunidades campesinas en
todo el mundo puedan seguir cultivando libremente, y así logren la seguridad y
la soberanía alimentaria. Los derechos de los agricultores sobre las semillas
han sido reconocidos por los gobiernos en varios tratados internacionales, pero
los mismos gobiernos están firmando nuevas leyes y regulaciones que destruyen
tales derechos y permiten que las multinacionales aumenten su control y poderes
monopólicos sobre las semillas. Los cambios que estamos presenciando son graves
y de máxima importancia.
Recientemente,
Vía Campesina y GRAIN publicaron un folleto que describe los modos en que las
comunidades campesinas y agricultoras están siendo afectadas por estas nuevas
legislaciones y cómo están luchando en contra de ellas. 1 GRAIN publicó también
una base de datos y un mapa2 que muestra lo que se puede o no se puede hacer
con las semillas en una gran cantidad de países según la legislación vigente.
Este folleto complementa estos materiales y tiene la intención de explicar en
profundidad cómo están afectando las leyes de semillas al campesinado.
Utilizando extractos provenientes de la legislación de varios países, mostramos
cómo está ocurriendo esto.
La presión internacional por privatizar las
semillas
La
ofensiva de las corporaciones para controlar y monopolizar las semillas se basa
en múltiples estrategias. Una fundamental es poner presión sobre los países
para privatizar las semillas a través de una legislación que otorgue lo que se
conoce como derechos de obtentor o protección de variedades vegetales. Pero
existen otras regulaciones que funcionan en la misma dirección: las leyes de
patentes sobre plantas, que son cada vez más comunes, las leyes de
certificación de semillas, las leyes de comercialización de semillas, y las normas
de seguridad alimentaria, entre otras. Muchos movimientos sociales las llaman
“Leyes Monsanto” para indicar quiénes han participado en su redacción y quiénes
se benefician más a partir de ellas.
Las
nuevas reglas pueden ser impuestas como leyes, decretos, órdenes ejecutivas,
órdenes administrativas, regulaciones ministeriales, etcétera, pero su
propósito es el mismo en todos los ámbitos: entregar derechos exclusivos a las
corporaciones para controlar el suministro de semillas. En algunos casos, esto
se hace muy explícito. Por ejemplo, una ley de semillas modelo para los países
del Sur de África, promocionado por la agencia USAID, estipula que la agencia
nacional de semillas “deberá tomar las medidas necesarias para promover el
crecimiento y desarrollo de la industria de semillas”3 Aunque se podría
argumentar que los pequeños productores de semillas también pueden ser parte de
la industria semillera, el hecho es que los gobiernos están cediendo a las
presiones de las grandes empresas y que las reglas que se imponen están
claramente sesgadas a favor de los grandes y no de los pequeños productores. Un
ejemplo son los requisitos acerca de las instalaciones y el personal necesarios
para comercializar semillas.
También
se está obligando a los gobiernos a no involucrarse en actividades de
mejoramiento genético o distribución de semillas. El gobierno instaurado en
Afganistán después de la invasión de Estados Unidos incluyó el siguiente
requisito en la nueva ley de semillas: “el Ministerio adoptará las medidas necesarias
para asegurar que la producción y comercio en todos los tipos de semillas sean
realizados por el sector privado y ...deberá desligarse de toda la producción
de semillas y de empresas y actividades de comercialización de semillas”.4
UPOV
UPOV son las siglas en francés de la Unión
Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales. Oficialmente
un organismo internacional, UPOV trabaja exclusiva y explícitamente por la
privatización de las semillas en todo el mundo, mediante la imposición de los
derechos de propiedad intelectual sobre las variedades vegetales. Los estados
miembros deben adherir a la Convención UPOV y convertirla en ley nacional. La
Convención fue redactada por primera vez en 1961 y se ha modificado tres
veces (en 1972, 1978 y 1991), fortaleciendo, vez tras vez, los derechos de
las corporaciones y restringiendo lo que los demás pueden hacer con las
semillas.
La modificación de 1991 fue particularmente
polémica, porque eliminó el derecho de los agricultores a guardar semillas
privatizadas y limitó lo que otros mejoradores genéticos podían hacer con esa
semilla. Creada en 1961, durante la mayor parte de su historia la UPOV ha
sido un pequeño y más bien oscuro club, sobre todo de países ricos que
quisieron promover los intereses de sus empresas semilleras. A la fecha de la
última revisión, 1991, sólo 20 países eran miembros. Pero después que la OMC
aceptara en 1994 que todos los países miembros de la OMC debían tener
derechos de propiedad intelectual para las variedades vegetales, la membresía
de la UPOV aumentó muy rápido, a más de 70 países que hoy son miembros. Mucho
de esto se debió a la presión de los países ricos para que los países no
industrializados se adhirieran a UPOV, presión ejercida fuertemente con los
tratados de libre comercio.
|
Una
importante y poderosa arma táctica de los países industrializados para
presionar en pos de la privatización de las semillas en todo el mundo ha sido
incluirla en los acuerdos de libre comercio bilaterales o regionales. Uno podría
preguntarse qué tiene que ver el derecho de los campesinos a conservar su
semilla con el libre comercio, pero para los negociadores esa relación está muy
clara: los agricultores que guardan e intercambian semillas compiten con el
comercio global de las mismas. El objetivo es asegurar que compañías como
Monsanto o Syngenta puedan controlar el comercio de semillas en general y
maximizar la ganancia de sus negocios semilleros al impedir que los campesinos
multipliquen y guarden sus semillas —un poco del modo en que Hollywood o
Microsoft intentan impedir que las personas copien y compartan películas o
software. Por tanto, Estados Unidos ha incluido en todos los acuerdos de libre
comercio que ha firmado un párrafo que obliga a los otros países a afiliarse —como
mínimo— a la Convención de la UPOV en su versión de 1991, que entrega la
propiedad intelectual sobre las variedades vegetales a los mejoradores
genéticos de las corporaciones. La Unión Europea está aplicando exactamente la
misma política y Japón se mueve en la misma dirección. Si se firma el Acuerdo
de Cooperación Trans-Pacífico (TPP), es probable que la situación empeore, ya
que los documentos que se han filtrado demuestran que Estados Unidos están
presionando no sólo por legislaciones del tipo UPOV 91, sino también por el
patentamiento de plantas y animales.5
Artículo
15.2. Cada parte debe ratificar o adherir a los siguientes acuerdos: … e) la
Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (1991)
(Convención UPOV)Acuerdo
de Libre Comercio Estados Unidos – Marruecos6
Al final del cuarto año después de entrar en
vigencia el Acuerdo, Egipto adherirá a las siguientes convenciones
multilaterales sobre derechos de propiedad intelectual: (...) la Unión
Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) (Ginebra
Acta de 1991)Acuerdo de Asociación Unión
Europea-Egipto7
Los escenarios futuros
Aunque
todas las leyes y regulaciones están redactadas oficialmente en el nivel
nacional, aquéllas que afectan a las semillas son todas muy similares y, en
algunos casos, son copias de los textos redactados por los burócratas de la
UPOV o por los mismos representantes de la industria. Por consiguiente, los
contenidos de estas leyes y la forma en que están siendo implementadas en países
que ya las aprobaron son buenos indicadores de qué pasará en los países que las
puedan adoptar en el futuro.
Cuando
se trata de entender qué implican o qué podrían implicar las nuevas leyes, es
importante tener en mente que serán interpretadas y aplicadas por autoridades
con cierta ideología y dentro de cierto contexto político —en muchos casos una
ideología y un contexto en que poco o nada se toma en consideración la
importancia de las semillas campesinas, y autoridades que poco o nada saben
sobre pequeños agricultores y que están fuertemente e innegablemente sesgadas a
favor de los intereses de las compañías. La experiencia demuestra que los
efectos de estas leyes empeoran con el tiempo, ya sea porque son aplicadas cada
vez con más rigor, porque son modificadas una y otra vez para hacerlas más
estrictas e inclusivas o, porque las nuevas leyes muestran una clara tendencia
a conceder mayores privilegios a las empresas al tiempo que imponen sanciones y
formas de castigo más duras para agricultores y consumidores. Un ejemplo es la
ampliación de la privatización más allá de las plantas, a los animales y razas
animales.
Una patente debe otorgar el derecho exclusivo de
hacer uso del logro de selección y este derecho debe ser protegido por el
Estado (…) “logros de selección protegidos” significa material vegetal y razas
animales patentadas, registradas en el registro Estatal; Ley sobre Logros de Selección, Azerbaiyán8
En
resumen, esto significa que, cuando se trata de evaluar lo que puede significar
una propuesta de ley o una nueva legislación, los peores escenarios
relacionados con los peores casos son, frecuentemente, las señales más
realistas de lo que puede pasar si las nuevas leyes y reglas son impuestas. A
continuación discutimos una serie de consecuencias que la combinación de estas
leyes, tiene sobre los campesinos y la agricultura y algunos ejemplos de los
textos legales de países que las aplican a nivel nacional.
1. Prohibición o restricción sobre el uso e
intercambio de semillas privatizadas.
La
versión 1991 de la Convención UPOV y las leyes redactadas de acuerdo a ésta,
conceden derechos de propiedad sobre las nuevas variedades de cualquier especie
vegetal (silvestre, cultivada, medicinal, etcétera y también, cada vez más,
hongos, bacterias y algas) a las compañías o instituciones que desarrollaron
estas variedades. Esto significa que solamente esas compañías o institutos
pueden producir, reproducir, vender, exportar o importar aquella variedad. Si alguien
más desea hacer esto, requiere un permiso de parte de la compañía y cumplir con
las condiciones que la compañía determine, tales como pagar un derecho y/o una
regalía por mantener la semilla para su uso continuado en las temporadas
siguientes.
Artículo 15. Cualquier producción o reproducción,
acondicionamiento con el propósito de propagación, oferta a la venta, venta o
comercialización, importación y exportación, acumular existencias de una
variedad o material protegido requiere la autorización del titular de los
derechos. (...) El titular de los derechos puede autorizar el uso de su
variedad sujeto a ciertas condiciones o limitaciones. Ley sobre Manejo de Semillas y Derechos de
Obtentor, Camboya.9
El titular de una patente vegetal puede, a su
discreción, otorgar cualquier autorización sujeta a condiciones y limitaciones.
Ley de Patentes sobre Variedades
Vegetales del 13 de abril de 1995. (Última Edición [Enmienda] del 14 de junio
de 2004), Bielorrusia10
“Vegetal” incluye a todos los hongos y algas Ley de Protección de Variedades Vegetales 2004,
Singapur11
Para
los agricultores y campesinos esto significa que:
a)
Pueden obtener legalmente esta semilla sólo si la compran a una entidad
comercial que tiene autorización para venderla de parte de la compañía o
instituto que reclama propiedad sobre ella.
b)
Su derecho a guardar semilla para la siguiente temporada está restringido o
prohibido.
En
algunos países, los agricultores pueden reproducir y guardar una semilla
privatizada para la siguiente temporada solamente si la usan en sus propios
campos, a menudo sólo hasta la cantidad que compraron la primera vez y a menudo
restringido a ciertos cultivos.
Artículo 12: La protección que confiere el
derecho de obtención vegetal no afecta al derecho de los agricultores de
utilizar la variedad libremente con fines de siembra en sus propios campos, Ley N°010-2006/AN Sobre Reglamentación de las
Semillas Vegetales en Burkina Faso12
No lesiona el derecho del obtentor, quien reserve
y siembre en su propia explotación, dentro de los límites razonables y a
reserva de la salvaguarda de los intereses legítimos de los obtentores, el
producto de la cosecha que haya obtenido por el cultivo, en su propia
explotación, de una variedad protegida o de una variedad cubierta por el inciso
c) del artículo 18 de esta Ley. Se exceptúan de esta disposición las variedades
de las especies frutícolas, ornamentales y forestales, cuando se persigan fines
comerciales. Ley de Protección de las Obtenciones
Vegetales No 863, Costa Rica13
En
otros países, los agricultores pueden reproducir y guardar semilla privatizada
para la próxima temporada si la usan en su propio campo, y sólo si pagan una
regalía a la compañía que tiene la propiedad.
(2) Un agricultor que [reproduzca semillas
privatizadas en su propio campo] … deberá pagar una retribución justa al
titular de los derechos de obtentor, Ley
de Enmiendas a la Ley de Protección de Variedades Vegetales del 21 de octubre
de 2012, Croacia14
En
un número creciente de países no se conceden excepciones a los agricultores y,
por lo tanto, reproducir una semilla privatizada y guardarla para la temporada
siguiente está prohibido absolutamente.
Los derechos del obtentor no se extenderán a:
(...)Actos llevados a cabo en un contexto particular para propósitos
experimentales, los cuales no son comerciales por naturaleza. (...) Operaciones
realizadas en conexión con la educación o investigación científica que se
relaciona con la creación de nuevas variedades. Ley No. 99-42 del 10 de mayo de 1999 sobre
Semillas, Plantas de Vivero y Nuevas Variedades Vegetales, Túnez15
[Los derechos del obtentor] se aplican también a
la producción de semillas o propagación de material de especies determinadas
de una variedad protegida con el propósito de la reproducción repetida
(multiplicación) para su propio uso [del agricultor] Ley de Derechos sobre Variedades Vegetales,
Estonia16
c)
Las semillas privatizadas no pueden ser intercambiadas de ninguna manera entre
los agricultores, ni siquiera como un regalo.
Aun
cuando a los agricultores se les permita reproducir y guardar semilla
privatizada para la siguiente temporada (con o sin un pago de regalía), deben
enfrentar una carga adicional: deben informar a las autoridades de gobierno, y a
veces a las empresas semilleras, dónde sembrarán la semilla que guardaron y
cuánta semilla usarán. También deben aceptar inspecciones por agentes públicos
o privados.
Un agricultor está en la obligación de entregar,
cuando se le pida, a la autoridad o al obtentor titular de los derechos, la
información necesaria para establecer una obligación de pago. Ley de Derechos del Obtentor (1279/2009),
Finlandia17
(13) Los agricultores y procesadores de semillas
están obligados, cuando se les pida, a proporcionar al titular, información
escrita sobre su nombre, apellido, dirección de residencia permanente y número
de identificación (...) (15) Los agricultores están obligados, cuando se les
pida, a proporcionar al titular, información escrita sobre cuánta semilla guardada
han utilizado. Ley del 25 de octubre de 2000 sobre
la protección de los derechos sobre variedades vegetales y enmienda a la Ley
No. 92/1996 Coll., sobre variedades vegetales, semillas y material de
propagación de plantas cultivadas, según última enmienda, República Checa.18
2. Privatización de las semillas campesinas
Se
puede argumentar que mientras los campesinos guarden su propia semilla y se
abstengan de usar semillas privatizadas, no tienen de qué preocuparse. Pero las
cosas no funcionan así.
UPOV
91 y las leyes de patentes permiten la privatización de las semillas campesinas
a través de dos mecanismos:
a)
Las compañías y los institutos de mejoramiento pueden tomar semillas de los
campos de los agricultores, reproducirlas, realizar algún nivel de selección
para homogenizarlas y luego privatizarlas como una variedad que ellos han
“descubierto”.
“Obtentor” quiere decir una persona física o
legal o cualquier empleado que ha mejorado, descubierto y desarrollado una
nueva variedad vegetal.. La
Ley No. 8880 Fechada el 15 de abril de 2002, de la República de Albania, sobre
los Derechos del Obtentor19
b)
Una segunda disposición del UPOV 91 permite extender la propiedad privada sobre
una variedad específica a cualquier otra variedad que sea similar a aquella que
ha sido privatizada.
Art. 37. Los derechos concedidos… cubren: a) la
variedad vegetal protegida (...) b) Todas las variedades que no pueden ser
claramente diferenciadas de la variedad protegida… Ley de Argelia n°. 05-03 de 27 Dhou El Hidja 1425
o 6 de febrero de 2005 relativo a las semillas, plantas y protección de
variedades vegetales20
Usando
estas dos disposiciones, una compañía de semillas puede tomar semillas del
campo de un agricultor, hacer una selección simple, privatizarla y entonces
reclamar la propiedad sobre todas las variedades similares. Los agricultores se
encontrarán que no pueden usar su propia semilla a menos que la compren o
paguen una regalía a la compañía que la privatizó.
Los
partidarios de la privatización de las semillas han argumentado que las
semillas de los agricultores no pueden ser privatizadas porque no se pueden
conceder derechos de propiedad sobre algo que no es “nuevo” y “distinto”, esto
es, sobre cualquier cosa que existía antes de que fuese reclamado un derecho de
propiedad.
Lo
que la ley dice en realidad es que nada que haya sido “vendido por el obtentor
o con su consentimiento”, “previamente conocido” o “notoriamente conocido”
puede ser privatizado. De esta manera, si la compañía que reclama la propiedad
no ha vendido la semilla —aun si la semilla ha estado circulando en los
mercados campesinos por años— sigue siendo considerada “nueva” y puede ser
privatizada. Además, tanto “previamente conocido” como “notoriamente conocido”
no se refieren a lo que la gente común o los campesinos conozcan, sino a lo que
es conocido por la industria de semillas, los institutos de semillas y lo
funcionarios de propiedad intelectual. Por lo tanto, algo que es bien conocido
por los agricultores pero no reconocido como existente por la industria o las
autoridades puede ser privatizado también.
Una variedad puede ser considerada nueva si …no
ha sido vendida o comercializada de alguna otra manera, con o sin el
consentimiento del obtentor. Ley
sobre Manejo de Semillas y Derechos de Obtentor, Camboya21
Una variedad vegetal o una raza animal debe ser
considerada nueva si… las semillas o el material de mejoramiento de un logro de
selección dado no ha sido vendido o entregado a terceros, por o con el
consentimiento del obtentor o su sucesor en el título, para propósitos de
explotación del logro de selección. Ley
de Protección de Logros de Selección, Federación Rusa22
Una variedad puede ser considerada como distinta
si es claramente distinguible de cualquier otra variedad cuya existencia es
notoriamente conocida al momento de llenar la solicitud de postulación. Ley de Patentes sobre Variedades Vegetales del 13
de abril de 1995. (Última Edición [Enmienda] del 14 de junio de 2004),
Bielorrusia23
Las siguientes variedades deben ser consideradas
material notoriamente conocido: a )Las protegidas en la República Checa o en el
extranjero. b) Las ingresadas en el registro oficial de variedades vegetales en
la República Checa o un registro similar en el extranjero. c) En aquellos casos
que una solicitud para la concesión de derechos sobre la variedad vegetal o
para el ingreso en el registro de variedades vegetales ha sido completada en la
República Checa, siempre que la solicitud termine en una concesión [de
propiedad] o el ingreso [al registro]. (..) e) En aquéllas que una solicitud
para la concesión de derechos sobre una variedad vegetal o para el ingreso en
el registro de variedades vegetales ha sido presentada en el extranjero,
siempre que la solicitud termine en una concesión o el ingreso. Ley del 25 de octubre de 2000 sobre la Protección
de los Derechos sobre Variedades Vegetales y Enmienda a la Ley No. 92/1996
Coll., sobre variedades vegetales, semillas y material de propagación de
plantas cultivadas, según última enmienda, República Checa24
3. Límites o prohibiciones para guardar,
intercambiar y vender semillas
La
legislación estilo UPOV para privatizar las semillas a menudo se complementa
con otras reglas y leyes, tales como leyes de comercialización y certificación.
En conjunto, éstas pueden:
a)
obligar a los agricultores a mantener las semillas envasadas y etiquetadas,
incluso sus propias semillas, y prohibir la comercialización, intercambio y
transporte de semillas no envasadas. Si las nuevas regulaciones fueran
aplicadas estrictamente, en algunos países andar con un puñado de semillas en
el bolsillo podría ser una falta penada legalmente.
OBLIGACIONES: las personas naturales o jurídicas
[que produzcan semillas] deberán: (...)Comercializar y/o transferir a título
gratuito [sólo] semillas que cumplan con los requisitos establecidos respecto a
rotulado, marbetería y etiquetas (...) Comercializar o transferir a título
gratuito semillas con etiqueta, marbete, empaques, reempaques y/o envases
autorizados (...) En aquellos casos en que se encuentren semillas identificadas
o no.... para su disposición a cualquier título, sobre las que se realicen actos
de producción....almacenamiento, comercialización, transferencia a título
gratuito y/o uso, sea que se encuentre en almacenes, predios, locales,
galpones, depósitos, bodegas, campos, molinos y otros sitios donde se encuentre
semilla y/o otro material vegetal que no cumplan con las disposiciones de la
presente Resolución, habrá lugar a la imposición de medidas de control y a las
sanciones correspondientes sin derecho a indemnización alguna. Resolución 970 del Instituto Colombiano
Agropecuario, ICA, Colombia25
b)
Prohibir la comercialización de semillas que no son certificadas o consideradas
suficientemente homogéneas, lo cual es en realidad una forma de prohibir las
semillas campesinas, ya que a menudo ellas no cumplen con esos requisitos.
Artículo 17. Los siguientes casos serán
considerados como violación e infracciones a la Ley y los infractores serán
tratados de acuerdo a las leyes y regulaciones imperantes, (...) v) La
producción y propagación de semillas y plantas de vivero para abastecer al
mercado sin la obtención del certificado entregado por el instituto Ley de Registro de Variedades Vegetales, Control
y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, República Islámica de Irán26
Solamente las variedades que han sido aprobadas
para su liberación y notificadas e incluidas en la lista de variedades pueden
ser comercializadas… Una variedad puede ser reconocida [e incluida en la lista
de variedades] si (...) (b) es suficientemente homogénea, teniendo en cuenta
las características particulares de reproducción o propagación vegetativa de la
misma;Ley de Semillas (Ley No.9 de 1996),
Malaui27
c)
Prohibir la comercialización, donación o intercambio de variedades que no están
registradas. Una variedad puede ser registrada solamente después de cumplir un
conjunto de requisitos, tales como tener una descripción detallada y difícil de
realizar, pero inútil.
Se debe establecer una lista oficial de
variedades para registrar las variedades que pueden ser comercializadas en el
país y en la región, siguiendo el sistema regional de liberación de variedades.
Los ecotipos y las variedades locales también estarán registradas con
indicaciones especiales. Ley
Modelo de Semillas para los Países del Sur de África. Iniciativa de Desarrollo
de Sistemas de Semillas del Sur de África. USAID/RCSA28
Art. 17. …solamente las variedades homologadas e
inscritas como tal en el catálogo oficial de variedades, según las modalidades
y condiciones fijadas por la presente ley, están autorizadas a ser producidas,
multiplicadas, importadas, exportadas, distribuidas y comercializadas. Ley n° 05-03 de 27 Dhou El Hidja 1425
correspondiente al 6 de febrero de 2005 relativa a las semillas, a las plantas
y a la protección de las obtenciones vegetales, Argelia29
9. Solamente las semillas y plantas de vivero de
las variedades vegetales ingresadas en el registro oficial, en alguna de las
categorías referidas en el artículo 3 de esta Ley, pueden ser comercializadas. Ley No. 99-42 del 10 de mayo de 1999, sobre
Semillas, Plantas de Vivero y Nuevas Variedades Vegetales, Túnez30
Solamente las variedades que han sido aprobadas y
notificadas e incluidas en la lista de variedades pueden ser vendidas. (...)
“vender” incluye intercambio y trueque. Ley de Semillas (Ley No.9 de 1996), Malaui31
En el caso de especies agrícolas, solamente el
material de propagación de variedades registradas será entregado al mercado,
comercializado y exportado. Ley
de Semillas y Material de Propagación. Texto Consolidado de la Ley del 6 de
octubre de 1996, con la Última Enmienda de la Ley del 28 de enero de 1999.
Holanda32
d)
Prohibir a los agricultores producir o intercambiar semillas a menos que sean
productores de semillas registrados. Un productor de semillas registrado es
alguien que obtiene el permiso de parte del gobierno para producir semillas,
después de informar exactamente dónde producirá semillas y probar que cumple
con un conjunto de requisitos, incluyendo tener una costosa infraestructura y
contar con personal técnico contratado. A menudo se requiere también un pago
mensual o anual para permanecer registrado.
Artículo 7: Toda persona física o jurídica que
ejerza una actividad con semillas debe tener un registro de transacciones por
especie, variedad y categoría dentro de las condiciones definidas por las reglamentaciones.
Ley n° 2001/014 del 23 de julio de
2001 relativa a los negocios con semillas, Camerún.33
Artículo 16: Toda persona física o jurídica puede
producir o multiplicar libremente semillas si está inscrita con las estructuras
competentes (...) Las condiciones de inscripción son especificadas por orden de
los ministros de agricultura y silvicultura. Ley N°010-2006/AN Sobre Reglamentación de las
Semillas Vegetales en Burkina Faso.34
1) La persona que desee ejercer actividades de
comercialización de semillas debe contar con las instalaciones establecidas por
un Decreto Presidencial y registrar su negocio con el Alcalde o el Gobernador
Provincial. 2) Cualquier persona que desee ejercer el negocio de las semillas
de acuerdo con el párrafo (1) debe tener uno (1) o más administradores de
semillas; Ley de Industria de Semillas,
Corea35
PRODUCTOR DE SEMILLAS: Es la persona natural o
jurídica debidamente registrada para desarrollar en forma directa, indirecta o
bajo su responsabilidad la multiplicación, beneficiado, almacenamiento,
distribución y comercialización de semillas y plantas de vivero para siembra.
Arto 28.- Los requisitos para ser productor de semillas y plantas de viveros
son los siguientes: 1) Tener los conocimientos básicos de las prácticas
esenciales para el proceso de producción de semillas y plantas de viveros o
disponer del personal técnico con conocimientos de la actividad en la materia a
realizar 2) Disponer de la maquinaría o implementos agrícolas propios para la
actividad productiva de semillas y plantas de viveros. 3) Contar con los
recursos financieros necesarios para la ejecución de las diferentes actividades
de campo y el manejo de postcosecha. Ley
de Producción y Comercio de Semilla y su Reglamento, Nicaragua36
La transferencia a cualquier título [es decir, el
intercambio] de semillas con el fin de su comercio, siembra o propagación por
terceros, sólo podrá ser realizada por persona inscripta en el Registro
Nacional del Comercio y Fiscalización de Semillas. Anteproyecto de Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas. (Borrador presentado por el gobierno argentino en 2012 y después
retirado por la resistencia generalizada que suscitó)37
e)
Prohibir la producción de semillas fuera de los campos registrados. Aquellos
que produzcan semillas tienen que informar a las autoridades gubernamentales
exactamente dónde las producirán.
[Los agricultores deben] registrar sus campos …
indicando el material vegetal a ser sembrado, número de hectáreas a sembrar,
ubicación y área de la finca, fecha de siembra, categoría de semillas … Resolución 970 del Instituto Colombiano
Agropecuario, ICA, Colombia38
f)
Prohibir el intercambio de semillas entre agricultores, aun si intercambian sus
propias semillas. Esto se hace con la excusa de que intercambiar semillas es
una forma de venta y, por lo tanto, cae dentro del ámbito de la comercialización
y las leyes de semillas privatizadas.
Vender incluye entregar por alquiler e
intercambiar por medio del trueque. Ley
de 1994 de los Derechos de Obtentor, Australia39
La palabra “venta” incluye “regalo” Ley de Semillas (Ley No.9 de 1996), Malaui40
“Vender” significa ofrecer, anunciar, mantener,
exponer, transmitir, convenir, entregar o preparar para la venta o intercambio
o enajenar a cambio de cualquier consideración o por traspaso. Convenir o
deliberar en pos de la venta, intercambio o trueque … Protocolo para la Protección de las Nuevas
Variedades de Plantas (Derechos del Obtentor) en la Región de la Comunidad de
Desarrollo del Sur de África. (borrador)41
En
conjunto, estas regulaciones pueden hacer que el uso de las semillas campesinas
sea cada vez más difícil o completamente ilegal y que los campesinos y
agricultores se vean forzados a usar semillas privatizadas comerciales.
4. Multas y cárcel por guardar e intercambiar
semillas
Junto
con ordenar la privatización de las semillas, UPOV 91 (y los Acuerdos
Comerciales) exige a los países “proporcionar los recursos legales apropiados
para la aplicación efectiva de los derechos de los obtentores”; esto es, los
países deben poner en marcha un conjunto de sanciones por cualquier posible
infracción. Donde las leyes UPOV 91 y similares ya están en marcha, si un
agricultor infringe estas nuevas regulaciones, aun cuando eso sea continuar
haciendo lo que él y su comunidad han hecho por generaciones, las sanciones son
y se tornan cada vez más severas.
a)
las multas pueden ser impuestas por una larga lista de acciones, desde
reproducir una semilla privatizada y conservarla para la siguiente temporada, a
conservar sin etiquetar o sin envasar su propia semilla. La severidad de las
multas cambia de país en país, pero en términos generales son significativas,
se duplican en caso de reincidir y la persona multada puede ir a la cárcel si
la multa no es pagada. En un número creciente de países, las penas incluyen
cárcel en lugar de una multa o ambos. Los plazos de cárcel pueden ir de meses a
diez años.
Cualquiera que produzca, multiplique, importe,
exporte de manera fraudulenta o distribuya y comercialice semillas y plantas no
homologadas y no inscritas en el catálogo oficial está penado con prisión de
dos (2) meses a seis (6) meses y una multa de un millón (1.000.000) a un millón
quinientos mil (1.500.000) dinares [10.000-15.000 US$]. Las semillas y las
plantas objetos de la infracción serán destruidas. (..) En caso de reincidir,
la sanción es llevada al doble. Ley
de Argelia n°. 05-03 de 27 Dhou El Hidja 1425 o 6 de febrero de 2005 relativo a
las Semillas, Plantas y Protección de Variedades Vegetales, Argelia42
48. (1) cualquier persona que voluntariamente
ofrezca para la venta o comercialice material de propagación de una variedad
protegida en Barbados, en contravención a esta Ley, es culpable de una ofensa y
sujeto a una sentencia sumaria por una multa de $20.000 [10.000 US$], o prisión
por 3 años, o ambos. Ley
de Protección de Nuevas Variedades Vegetales, 2001-17, Barbados43
Cualquier individuo que a conciencia cometa un
acto que constituya una infracción al derecho del obtentor, … será culpable de
una ofensa penalizada con una multa de entre 5 millones de Riels y 20 millones
de Riels [1.250-5.000 US$], o con un periodo de prisión de uno a cinco años, o
ambos. (...) A los que reincidan se les duplicará la sentencia anterior. Ley sobre Manejo de Semillas y Derechos de
Obtentor, Camboya44
Cualquier persona que haya infringido el derecho
de los obtentores o un derecho de explotación exclusivo debe ser penada con
prisión con trabajo por no más de diez años o por una multa no superior a
10.000.000 Yens o la combinación de ambos. Ley de Protección de Variedades Vegetales y
Semillas (Ley No. 83 del 29 de mayo de 1998) y emendada por la Ley No. 49/2007,
Japón45
b)
Si un agricultor usa semillas privatizadas sin el permiso del propietario de
esa variedad (por ejemplo, si consiguió la semilla con un vecino o compró
semilla un año y guardó parte de la cosecha para usarla a la temporada
siguiente), su cultivo puede ser confiscado y destruido, así como su cosecha y
los productos obtenidos de su cosecha. Este tipo de sanciones puede imponerse
incluso antes que el agricultor acusado sea realmente declarado culpable, como
fue el caso en Colombia, donde toneladas de semillas campesinas han sido
confiscadas y destruidas en base a la sospecha de falta cometida.46
(2) El titular de un derecho de obtentor o el
titular de un derecho de explotación exclusivo… puede solicitar la destrucción
del material de propagación, el material cosechado o los productos procesados,
los cuales son un componente del acto de infracción o los objetos usados en la
comisión del acto de infracción u otras medidas necesarias para la prevención
de tales infracciones. Ley
de Protección de Variedades Vegetales y Semillas (Ley No. 83 del 29 de mayo de
1998) y emendada por la Ley No. 49/2007, Japón47
c)
Las herramientas y maquinarias usadas para manejar el cultivo o las semillas,
pueden ser confiscadas también. Este tipo de sanciones también pueden ser
impuestas aun antes de que el agricultor sea realmente declarado culpable.
En caso de reproducción ilegal de la variedad,
además de una multa y sentencia de prisión, los materiales de propagación
obtenidos y los materiales y equipos usados en el proceso de propagar
ilegalmente la variedad, serán confiscados. Ley N° 450-06 sobre Protección de los Derechos
del Obtentor de Variedades Vegetales, República Dominicana48
d)
Algunas de los últimos borradores de leyes —claramente bajo la presión de la
industria semillera —han incluido indicaciones que permitirían prohibir a un
agricultor seguir siendo tal si se infringen estas leyes.
Créase en jurisdicción del Instituto Nacional de
Semillas: (...) b) El “Registro Nacional de Usuarios de Semillas” en el cual
deberá inscribirse, toda persona física o jurídica que utilice semillas (...)
Art. 44º. — El Instituto Nacional de Semillas, cuando se configuren los tipos
penales previstos en el artículo 45, sancionará a los responsables con..... e)
Suspensión temporal o permanente del Registro correspondiente f) Inhabilitación
temporal o permanente. Art. 45º. — El Instituto Nacional de Semillas sancionará
en la forma establecida en el artículo anterior a quien: a) Infrinja lo
establecido en los artículos 9 [no rotular adecuadamente semilla que se
exponga, venda o intercambie],18 último párrafo [difunda una semilla no
registrada] y 29 [entregue de cualquier forma una semilla privatizada] (...) i)
No se inscriba en el Registro Nacional de Usuarios de Semillas en las
condiciones establecidas en la reglamentación. Anteproyecto de Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas. (Borrador presentado por el Gobierno Argentino en el año 2012 y
más tarde retirado debido a una amplia resistencia)49
5. Culpables por sospecha
Si
las sanciones son severas, el procedimiento legal impuesto por las nuevas
regulaciones es un retroceso gigante en la evolución de los derechos humanos y
sociales. Las leyes UPOV 91, así como otras leyes relacionadas con las semillas
o la concesión de derechos de propiedad sobre las plantas, se basan cada vez
más en lo que se llama “reversión del peso de la prueba”. Esto significa que
aquéllos que acusen a los agricultores de infracción no necesitan presentar
pruebas sólidas de la infracción, mientras que sobre los agricultores recae una
parte creciente del peso de tener que demostrar que ellos no han infringido la
ley. Por ello, deben llevar registro de las semillas que usen, compren y vendan
y deben aceptar inspecciones de sus locales, campos y libros cuando los tengan.
Esto está en directo conflicto con la Declaración Universal de Derechos
Humanos, que establece que toda persona debe ser considerada inocente hasta que
quien acusa pruebe que es culpable.
Con el fin de reclamar un pago [por el uso de
semilla privatizada]… cualquier agricultor que… pueda considerarse que realizó
una explotación [de esa semilla]... está obligado a entregar… información al
titular —cuando éste lo solicite… Si la autenticidad de la información
entregada está en disputa, el peso de la prueba recae en el agricultor. Acta XXXIII de 1995 sobre la Protección de
Invenciones por Patentes, modificada por el Acta XXVII de 2009. Parte V.
Protección de Variedades Vegetales, Hungría50
Usando
esta lógica, las nuevas leyes pueden sancionar o penalizar a los agricultores
antes de que se pruebe que son culpables o incluso antes de que ellos sean
informados de que han sido acusados. Por ejemplo:
a) Las casas de los agricultores, otros edificios
y los vehículos en los campos pueden ser registrados sin la orden de una corte,
basados solamente en sospechas (...) Un inspector puede (...) a) En cualquier
momento razonable, entrar a cualquier lugar, local o vehículo o receptáculo
donde crea que haya cualquier semilla a la cual esta Ley es aplicable, envasada
o no, tomar muestras con el propósito de asegurar que las indicaciones y
regulaciones de esta Ley están siendo cumplidas (...) g) Entrar a cualquier
local público o privado durante o después de las horas de trabajo regulares,
sin aviso de inspección, cuando se sospeche una violación de esta Ley de
Semillas y de las regulaciones. Ley
Modelo de Semillas para los Países del Sur de África. Iniciativa de Desarrollo
de Sistemas de Semillas del Sur de África. USAID/RCSA51
Un inspector de semillas puede, para cualquiera
de los propósitos de esta Ley, en cualquier momento razonable a) Entrar en
cualquier campo, edificio, local o vehículo en el cual haya causas razonables
para creer que cualquier semilla prescrita o semilla restringida está siendo
almacenada, vendida o transportada para la venta en contravención de esta Ley,
o está siendo envasada en envases u otros contenedores que son marcados o
etiquetados … en contravención a esta Ley (...) d) Además, puede confiscar y
sacar del lugar cualquier semilla prohibida o restringida (...) La palabra
“venta” incluye a “regalo”. Ley
de Semillas (Ley No.9 de 1996), Malaui52
Cualquier funcionario autorizado u oficial de
policía con un rango no menor a Inspector puede, con el propósito de hacer
cumplir esta Acta, realizar todo o cualquiera de lo siguiente: a) entrar,
inspeccionar y examinar con o sin aviso cualquier instalación o finca en
relación a la cual existe sospecha razonable de que se ha cometido ofensa bajo
los términos de esta Acta;Acta
de 2004 de Protección de Nuevas Variedades Vegetales. Acta 634, Malasia53
b)
Los registros pueden ser llevados a cabo con base en acusaciones que no fueron
informadas al acusado:
(...) Cuando se ejecute una medida cautelar [que
incluye la confiscación de cultivos, semillas y productos cosechados] sin haber
oído previamente a la otra parte, la Ofinase o la autoridad judicial competente
la notificará a la parte afectada, dentro de los tres días hábiles después de
la ejecución. Ley de Protección de las
Obtenciones Vegetales No 8631, Costa Rica54
B. 1. El obtentor de la variedad protegida, antes
de presentar una demanda de infracción, puede, mediante pago de una fianza,
solicitar a la corte ordenar cualquiera de los procedimientos provistos en el
párrafo (A) de este Artículo, sin notificar a la parte demandada. Orden N°81 de la Coalición de la Autoridad
Provisional. Patentes, Diseño Industrial, Información no Revelada, Circuitos
Integrados y Ley de Variedades Vegetales, Irak55
c)
Cultivos, cosechas y productos obtenidos del material cosechado pueden ser
requisados o destruidos antes de probar la culpabilidad, nuevamente sólo en
base a sospechas:
La Corte puede ordenar la confiscación de la
variedad de la infracción así como los materiales y herramientas
sustancialmente utilizadas en la infracción de la variedad protegida. (...) La
corte también puede decidir destruir la variedad objeto de la infracción así
como los materiales y herramientas o entregarlas para cualquier uso no
comercial. Orden N°81 de la Coalición de la
Autoridad Provisional. Patentes, Diseño Industrial, Información no Revelada,
Circuitos Integrados y Ley de Variedades Vegetales, Irak56
d)
Los agricultores acusados a menudo tienen un plazo muy corto para reunir las
pruebas de su inocencia.
Art. 24.- El término de prueba será de ocho días
hábiles, Decreto N°530, El Salvador57
e)
Los agricultores acusados pueden tener la obligación de denunciar a otros que
hayan infringido la ley:
La siguiente lista, no exhaustiva de medidas de
aplicación, debería ser considerada (...) vi) medidas que exijan a un infractor
entregar información al titular de los derechos del obtentor acerca de terceras
personas involucradas en la producción y distribución del material que
infrinjan [los derechos de obtentor]. Notas
Explicativas sobre la Aplicación de los Derechos del Obtentor Bajo la
Convención de la UPOV. Adoptada por el Concejo en su 45va sesión ordinaria el
22 de octubre de 200958
f)
Los registros y confiscaciones pueden ser llevados a cabo con el apoyo de
fuerzas militares.
Artículo 67. Las autoridades locales a todos los
niveles, fuerzas armadas, aduanas y oficinas impositivas, funcionarios de
aeropuertos y puertos y otras autoridades relevantes deben cooperar en el
descubrimiento, prevención y supresión de las infracciones sobre semillas y en
el almacenamiento temporal de la evidencia relacionada con las ofensas a
semillas a petición del Inspector de Semillas. Ley sobre Manejo de Semillas y Derechos de
Obtentor, Camboya59
g)
El poder para actuar como inspectores o autoridades de certificación puede ser
entregado a entidades privadas o personas, creando en los hechos cuerpos de
policías privados. Las empresas semilleras pueden crear dichos cuerpos
policiacos y llegar a ser inspectores de pequeños productores de semillas u
otras empresas que compitan con ellas.
El sistema de acreditación debe autorizar
personas, terceras partes, laboratorios de semillas y/o entidades relacionadas
con las semillas, para inspeccionar campos, tomar muestras y someter semillas a
pruebas, y/o emisión de etiquetas sujetas a la regulación de esta Ley de
Semillas. Ley Modelo de Semillas para los
Países del Sur de África. Iniciativa de Desarrollo de Sistemas de Semillas del
Sur de África. USAID/RCSA60
¿Bueno para los agricultores, bueno para los
mejoradores genéticos?
La
legislación basada en la UPOV y otras leyes de semillas a menudo se justifican
con el argumento de que son buenas para los agricultores, buenas para los
mejoradores genéticos y para la sociedad en general. Se dice que el beneficio
para los agricultores es que estas leyes ayudan a crear un sector de
mejoramiento genético vibrante y competitivo que produce semillas de alta
calidad que los agricultores pueden utilizar. También se dice que se impiden
las prácticas de adulteración y que las semillas disponibles quedan libres de
plagas y enfermedades. Los mejoradores genéticos se benefician porque, a través
de la propiedad intelectual y otras reglas claras, ellos pueden obtener un
retorno de la inversión. Y la sociedad en su conjunto se beneficia porque se
obtienen nuevas soluciones para los problemas existentes, porque se accede a
nueva tecnología y se permite el progreso.
Ninguno
de los anteriores argumentos es válido. La carrera mundial hacia la
privatización de las semillas ha llevado a la creación de un monopolio
industrial de semillas de alcance global, que domina cada vez más el suministro
de semillas en el mundo, mientras que es una clara amenaza a las prácticas
campesinas ancestrales y locales en torno a las semillas, las que forman la
piedra angular para la producción sustentable de alimentos, pero que son
consideradas una competencia no deseada. Y en este proceso las comunidades
campesinas y sus técnicas y prácticas están siendo criminalizadas.
La
buena noticia es que el mundo está comenzando a entender lo que está sucediendo
y lo que está en juego. A pesar de todo su poder, las grandes compañías y los
poderosos gobiernos que están empujando las leyes de semillas, no la están
teniendo fácil. La oposición y resistencia popular ha surgido en todo el mundo
y, en muchos lugares, los movimientos populares han logrado paralizar e incluso
derogar la nueva normativa. Estas luchas ahora necesitan ser apoyadas y
fortalecidas.
Para
acceder al documento formato PDF haga clic en el enlace a continuación y
descargue el archivo:
Notas
3 MODEL SEED ACT FOR SOUTHERN
AFRICA COUNTRIES. Southern African Seed Systems Development Initiative
USAID/RCSA. (ACTA DE SEMILLAS MODELO PARA LOS
PAÍSES DEL SUR DE ÁFRICA. Iniciativa de Desarrollo de Sistemas de Semillas del
Sur de África USAID/RCSA) http://www.seeds.iastate.edu/images/modelseedact.pdf
4 SEED LAW. Islamic
Republic of Afghanistan. (Borrador final). Ver
aquí.
5
Para una revisión actualizada, consultar: “Trade deals criminalise farmers’
seeds ”(Acuerdo comerciales criminalizan las semillas de los agricultores),
GRAIN noviembre 2014, ver
aquí.
46
Un documental sobre este caso puede verse en: ver
aquí.