Los últimos estudios sobre calentamiento global han subido
el nivel de alerta respecto a la urgencia de recortar drásticamente las
emisiones de gases de efecto invernadero.
Pero la agenda de negociaciones sobre cambio climático sigue
semi-estancada y en buena parte cooptada por la gran empresa, que ve en la
“economía verde” una fuente de ganancias.
La edición 498 (septiembre 2014) de la revista “América Latina en
Movimiento” explora estos temas y presenta algunas propuestas de alternativas.
Presentamos uno de las propuestas para su lectura: “REDD: Un mecanismo
controversial”
Todo el material u otros contenidos descargarlo en PDF: http://alainet.org/publica/alai498w.pdf
Gerardo Honty
Capturando carbono, Gunayala. Foto: Gubiler |
Los orígenes del
concepto REDD se remontan al menos a 1990, cuando la empresa energética AES desarrolló un
proyecto de conservación de bosque nativo en Guatemala como forma de compensar
parte de sus emisiones. Este fue el primero de una serie de proyectos similares
que se realizaron durante la década de 1990 principalmente financiados por
Estados Unidos, Holanda y Noruega. Costa Rica fue el primer país en vender
certificados de carbono por la reducción de emisiones de la deforestación en el
año 1997.
La
Convención de Cambio Climático discutió largamente la incorporación de la
conservación de bosques en los países en desarrollo, particularmente en los
largos años de debate en torno al Mecanismo de Desarrollo Limpio del Protocolo
de Kioto, pero finalmente pero no fue aceptada.
Sin
embargo, aún sin haber sido aprobado de manera oficial, muchos fondos públicos
y privados se destinaron a financiar proyectos “REDD”. El Banco Mundial, el
Programa UNREDD y los mercados voluntarios de carbono han transferido varios
miles de millones de dólares en todo el mundo para este tipo de actividades,
aún sin aprobación de la Convención.
El Marco de Varsovia
Es
recién en 2005 que el tema es reintroducido para su discusión en el seno de la
Convención bajo el nombre “Reducción de
las emisiones derivadas
de la deforestación en los países en desarrollo y los enfoques para estimular la acción” (RED). Luego de varios años de debate, finalmente en diciembre
de 2013 la COP 19 aprobó el “Marco de Varsovia para REDD+” que incluye no solo
la reducción de emisiones de la Deforestación, sino también de la Degradación
de Bosques, la Conservación, el Manejo Sostenible de los Bosques y la Mejora de
los Reservorios de Carbono Forestal (de ahí que su acrónimo haya pasado de
“RED” a “REDD+”).
Con
esta decisión se puede decir que “oficialmente” el mecanismo REDD+ ha quedado
aprobado. Como marco general, el acuerdo establece unos lineamientos básicos
pero aún requiere de muchos ajustes y adoptar muchas definiciones que quedaron
pendientes.
El
objetivo principal de este mecanismo es – y siempre ha sido- la transferencia
de recursos de los países “desarrollados” a los países “en vías de desarrollo”
para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero que provienen
de la destrucción de los bosques (adicionalmente, para la ampliación de la
superficie boscosa). Sin embargo, la idea es –y siempre ha sido- bastante
resistida porque incluye una serie de componentes que son de difícil
resolución. Por ejemplo: cómo se considera a las poblaciones indígenas que
habitan los bosques, los riesgos que implica el mercado de carbono, cómo se
contabilizan los beneficios asociados a la conservación de los bosques, etc.
Financiamiento
Uno
de los temas que aún tiene mucho para resolver es la forma y los medios por los que los fondos van a ser transferidos. Lo
acordado puede
resumirse de la siguiente manera:
1)
Los países en desarrollo podrán recibir
fondos para actividades REDD+ una vez que puedan demostrar los resultados
obtenidos. Esto es, cuando pueda comprobarse la efectiva reducción de emisiones
(o el aumento o conservación de carbono forestal) luego de haber pasado por
todas las etapas de medición, notificación y verificación que se establezcan.
Es decir, no habrá financiación anticipada.
2)
La financiación deberá ser adicional a los
fondos ya existentes bajo otros mecanismos y previsible (los países deben saber
con anticipación el volumen de fondos con que se puede contar y en qué plazos los
pueden obtener).
3)
Los recursos financieros pueden provenir
prácticamente de cualquier fuente: privada (empresas, fundaciones, etc.),
pública (recursos nacionales o internacionales de los países), bilaterales
(acuerdos entre dos países) o multilaterales (instituciones internacionales
como la propia CMNUCC, otras agencias de ONU, Banco Mundial, etc.). Incluso se
están manejando fuentes alternativas como una eventual tasa al transporte
marítimo y aéreo internacional.
Varios
temas quedan todavía a la espera de unas resoluciones más específicas.
Particularmente, cuáles son los compromisos de financiamiento que asumen los
países desarrollados y cómo estos serán transferidos. También queda por resolverse
si el mercado de carbono (venta de certificados de reducción de emisiones) será
un mecanismo permitido.
Requisitos
Los
países que pretendan recibir apoyo financiero para estas actividades deberán
cumplir una serie de requisitos. Entre otros: contar con un Sistema de
Vigilancia Forestal; haber establecido sus Niveles de Referencia a partir de
los cuales se van a medir sus logros; proporcionar Informes Bienales sobre estas
actividades a la Convención y someter sus datos a un proceso de Análisis y
Consulta Internacional.
Algunas
de las mayores preocupaciones sobre las actividades REDD+ están relacionadas
con los posibles impactos sociales y ambientales negativos que estas puedan
tener. Por ejemplo: cómo serán respetados los derechos de las poblaciones
indígenas; cómo asegurar la conservación de los bosques naturales en un marco de
actividades REDD+ que pueden incluir plantaciones forestales; cómo asegurar que
la deforestación que se evita en un bosque o una parte de un bosque no se
realiza en otro lugar (fenómeno conocido como “fugas”); etc.
Para
intentar lidiar con estos problemas, la Convención ha acordado una serie de
“salvaguardias” según las cuales “deberían” promoverse y respaldarse, entre otros:
a)
El respeto de los conocimientos y los
derechos de los pueblos indígenas y los miembros de las comunidades locales
teniendo en cuenta la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de
los pueblos indígenas;
b)
La participación plena y efectiva de los
interesados, en particular los pueblos indígenas y las comunidades locales;
c)
La compatibilidad de las medidas con la conservación
de los bosques naturales y la diversidad biológica, evitando la conversión de
bosques naturales en otro tipo de bosque.
d)
La adopción de medidas para hacer frente a
los riesgos de reversión (permanencia) y reducir el desplazamiento de las
emisiones (fugas)
Sin
embargo, existen algunas consideraciones sobre las circunstancias nacionales de
cada país que podrían debilitar la aplicación de las salvaguardias por ejemplo
si estas atentan contra el objetivo de “la reducción de la pobreza”, los
“objetivos de desarrollo sostenible” del país, o no le fueron proporcionados los
fondos necesarios para ejecutarlas.
Es
decir, los países que realicen actividades de REDD+ deben
informar sobre cómo están abordando las salvaguardias, aunque en ningún caso
hay exigencias (al menos hasta ahora) que los obligue a abordarlos de una
manera particular. Y además, estas pueden ser dejadas de lado si el país
entiende que sus “circunstancias nacionales” no se lo permiten.
La importancia de la decisión nacional
Más allá de los acuerdos que finalmente se alcancen en el seno de
la Convención (e incluso independientemente de ellos) hay varios temas vinculados
a REDD+ que serán de decisión exclusiva de los gobiernos nacionales. De hecho, como
se dijo anteriormente, ya existen proyectos REDD en todo el mundo, financiados con
recursos internacionales antes de haber tenido ninguna resolución en Naciones
Unidas.
Algunos de estos temas son los siguientes:
1)
La participación en actividades
de REDD+ que generen unidades transferibles de
reducción de emisiones (certificados
de carbono transables). El país puede optar por no realizar proyectos bajo esta
modalidad y solo focalizarse en aquellas opciones no basadas en el mercado y no
hay ninguna decisión que pueda adoptar la CMNUCC que obligue a un país a
aceptar esta clase de proyectos si no lo desea.
2)
La decisión sobre las actividades
que serán permitidas. El país puede decidir cuál o cuáles de los cinco tipos de
actividades admitidas por REDD+ quiere desarrollar. Por ejemplo puede realizar
actividades de Conservación de bosques pero no aceptar las de Manejo Forestal
Sostenible.
3)
Definición de “bosque”. Para
Naciones Unidas, la definición de bosque no distingue entre bosque natural y
plantación. Sin embargo, cada país puede adoptar la definición de bosque que
considere más apropiada para incluir en sus planes. Por ejemplo, podría dejar
las plantaciones mono-específicas fuera de esta definición.
4)
Las salvaguardias sociales. El Marco de
Varsovia deja en manos de los gobiernos nacionales la forma cómo serán
consideradas las poblaciones indígenas, los asuntos relativos a la tenencia de
la tierra, las cuestiones de género, la participación de las poblaciones
locales, etc. Por lo tanto, la forma de gobernanza, los mecanismos de
participación y consulta, los repartos de los beneficios y otros temas
relacionados, son de exclusiva decisión nacional.
5)
Otra decisión que el Marco de Varsovia deja a
criterio de cada país es la forma cómo se abordarán en sus planes o estrategias
los factores impulsores de la deforestación y la degradación forestal. Esto
incluye las actividades de minería, construcción de carreteras, expansión
ganadera, entre otros.
Conclusiones
El
Marco de Varsovia para REDD+ ha establecido unos lineamientos generales para
comenzar a operar pero hay muchos temas de suma importancia que aún están para
resolver, como por ejemplo, el volumen de recursos que aportarán los países
desarrollados y cómo se canalizarán. Sin embargo es muy importante no perder de
vista que varios de los asuntos que son de preocupación para muchos actores de
la sociedad civil y gobiernos, serán de decisión exclusiva de los gobiernos
nacionales por lo que buena parte de la batalla para evitar los problemas no
deseados de REDD+ se darán dentro de cada país. Por ejemplo, la participación en
el mercado de carbono (en caso que finalmente esto se apruebe), la forma en que
se considera la cuestión indígena, la tenencia de la tierra, las causas subyacentes
de la deforestación, etc. Es importante destacar esto, pues muchas veces la
atención sobre REDD se ha focalizado en los escenarios internacionales de
decisión, lo cual es importante pero, como se ha visto, insuficiente.
______________
Gerardo Honty es
investigador del Centro Latino Americano de Ecología Social (CLAES).
Fuente: En: Frenar el calentamiento global. América Latina en Movimiento, no. 498,
septiembre2014, año XXXVIII, II época. ALAI (edición digital). pp. 16-18.
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